Nº de Autorización: 79/0047/95
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Cenpla, Empresa de Trabajo Temporal
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Sistema CECO | Legislación actual | Contratación

Antes de contratar con una ETT, asegúrese que cumple con los siguientes requisitos:

  • Para trabajar, una ETT debe tener una Autorización Administrativa concedida por la Dirección General de Empleo. Cenpla tiene la Nº 79/0047/95 de carácter indefinido.
  • Asegúrese que la ETT con la que Ud. contrate sus servicios, dispone de un Seguro de Responsabilidad Civil que pueda cubrir con posibles adversidades.
  • Asegúrese o participe de la Selección a realizar por su empresa. Exija los controles y criterios de profesionalidad y eficacia en las pruebas a realizar.
  • Conozca la retribución de los empleados de la ETT. Sepa si la ETT está sujeta al Convenio Colectivo Estatal y si cumple con la normativa legal de convergencia salarial. Exija los Seguros Sociales de los empleados.
  • Conozca el porcentaje que la ETT destina a la formación de los empleados (por Ley, todas las ETT están obligadas a destinar un % de su masa salarial bruta).
  • No dude de la solvencia de su ETT, compruebe si paga a sus trabajadores de manera correcta y dentro de los plazos establecidos.
  • Asegurese antes de contratar con una ETT que su empresa tiene realizada la evaluación de riesgos de ese puesto de trabajo. La ETT debido a su obligación de formar a sus trabajadores, en materia de prevención le deberá solicitar, previo a la puesta a disposición, esa información.


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